Datos de la consulta
- Consulta nº: 670
- Fecha: 7 de septiembre de 1993
- Órgano: Dirección General de Coordinación con las Agencias Territoriales
NORMATIVA:LEY 39/1988: Arts. 79.1, 80.1 84 y 86.1.R.D. LEG. 1175/1990:INSTRUCCIÓN:
Regla 3ª.3.
TARIFAS:
Grupo 631 de la Sección 1ª y Grupo 511 de la Sección
2ª.
Descripción – Tema
Agentes comerciales.
Cuestión planteada
El consultante desea saber si los agentes comerciales están obligados a tributar por el Impuesto sobre Actividades Económicas y, en su caso, si deben tributar como profesionales o como empresarios.
Contestación
Las cuestiones planteadas en la presente consulta ya han sido resueltas por la Dirección General de Coordinación con las Haciendas Territoriales en la contestación a la consulta núm. 669, que se da por reproducida.
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