Datos de la consulta
- Consulta nº: 731
- Fecha: 1 de febrero de 1994
- Órgano: Dirección General de Coordinación con las Agencias Territoriales
NORMATIVA:LEY 39/1988: Art. 86.1.R.D. LEG. 1175/1990:INSTRUCCIÓN:
Regla 2ª
TARIFAS:
Epígrafe 969.7.
Descripción – Tema
Máquinas automáticas instaladas en farmacias para la medición de peso, altura, tensión arterial, etc.
Cuestión planteada
El consultante desea saber si las farmacias que tengan instaladas máquinas automáticas para la medición de peso, altura, tensión arterial, etc., se encuentran o no obligadas a formular nuevas altas y tributar por dichas máquinas.
Contestación
Las cuestiones planteadas en la presente consulta ya han sido resueltas por la Dirección General de Coordinación con las Haciendas Territoriales en la contestación a la consulta núm. 730, que se da por reproducida.
Deja una respuesta