Datos de la consulta
- Consulta nº: 785
- Fecha: 18 de enero de 1994
- Órgano: Dirección General de Coordinación con las Agencias Territoriales
NORMATIVA:LEY 39/1988: Arts. 79.1 y 80.1.R.D. LEG. 1175/1990:INSTRUCCIÓN:
TARIFAS:
Descripción – Tema
Socio-administrador de la propia empresa: no sujeción al impuesto.
Cuestión planteada
La consultante desea saber si los socios de las Sociedades Mercantiles que desempeñan funciones de administradores de las mismas están obligados a tributar por el Impuesto sobre Actividades Económicas.
Asimismo se formulan consultas relativas al I.V.A. y al I.R.P.F.
Contestación
Las cuestiones planteadas en la presente consulta ya han sido resueltas por la Dirección General de Coordinación con las Haciendas Territoriales en la contestación a la consulta núm. 646, que se da por reproducida.
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